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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 17. Plazo de realización de las actuaciones.

Artículo 17 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. · BOE-A-2020-7311

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-07.

Texto consolidado

1. Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el 1 de febrero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.

2. En el caso de proyectos iniciados antes del 1 de febrero de 2020, se considerará solo las actuaciones necesarias realizadas desde esa fecha para acelerar o ampliar el alcance el proyecto, en cuyo caso, la solicitud de financiación deberá limitarse a los costes adicionales relacionados con los esfuerzos de aceleración o la ampliación del alcance del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-07.

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