Artículo 17. De la Comisión Preparatoria.
Artículo 17 del Real Decreto 785/2022, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil. · BOE-A-2022-15760
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-29.
Texto consolidado
1. El Consejo contará con una Comisión Preparatoria que se reunirá con carácter previo a la celebración de sus sesiones ordinarias.
2. Son funciones de la Comisión Preparatoria:
a) Preparar las sesiones del Pleno, estudiar las propuestas de asuntos a incluir en el orden del día y proponer el citado orden del día.
b) Analizar las propuestas y sugerencias contempladas en artículo 54.4 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre.
c) Estudiar las propuestas de apertura de nuevas comisiones o grupos de trabajo.
d) Cualesquiera otras que le encomiende el Pleno del Consejo.
3. La composición de la Comisión Preparatoria será aprobada durante el Pleno del Consejo Extraordinario de Constitución del nuevo Consejo y publicado en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».
4. Cualquier cambio en la composición de la Comisión Preparatoria tendrá que ser aprobada en el Pleno del Consejo y publicado en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».