Artículo 17. Estructura de la Dirección de Promoción de la Competencia.
Artículo 17 del Real Decreto 331/2008, de 29 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Comisión Nacional de la Competencia. · BOE-A-2008-4060
Atención: Real Decreto 331/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Dirección de Promoción de la Competencia se estructura en los siguientes órganos:
a) Subdirección de Estudios, que ejercerá las funciones señaladas en las letras a), b), d) y e) del artículo 15 de este Estatuto, coordinándose, en su caso, con otros órganos de la Dirección de Promoción de la Competencia.
b) Subdirección de Relaciones con las Administraciones Públicas, que ejercerá las funciones señaladas en las letras c), g), h), i), j), k), l) y m) del artículo 15 de este Estatuto, coordinándose, en su caso, con otros órganos de la Dirección de Promoción de la Competencia.
c) Subdirección de Relaciones Internacionales, que ejercerá las funciones señaladas en el artículo 15.n) de este Estatuto.
2. Depende del Director de Promoción de la Competencia la Asesoría Económica, que ejercerá las funciones señaladas en el artículo 15.f) de este Estatuto.
3. Los Subdirectores de la Dirección de Promoción de la Competencia y el titular de la Asesoría Economía son nombrados por el Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, a propuesta del Director de Promoción de la Competencia.