Artículo 16. El Director de Promoción de la Competencia.
Artículo 16 del Real Decreto 331/2008, de 29 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Comisión Nacional de la Competencia. · BOE-A-2008-4060
Atención: Real Decreto 331/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Director de Promoción de la Competencia es nombrado por el Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, previa consulta al Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
2. El Director de Promoción de la Competencia ejerce todas las competencias previstas en el artículo anterior de este Estatuto y, en particular, ejercerá las funciones señaladas en su letra ñ).