Artículo 17. Concesión.
Artículo 17 del Real Decreto 1429/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de dicho Cuerpo. · BOE-A-1997-20262
Atención: Real Decreto 1429/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El pase a esta situación será acordado por el Director general de la Guardia Civil, excepto que el pase a la misma sea debido al cese en el destino por ascenso, en cuyo caso será competencia del Ministro de Defensa.
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