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Real Decreto Vigente

Artículo 17. El Consejo.

Artículo 17 del Real Decreto 140/2001, de 16 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. · BOE-A-2001-4294

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-04.

Texto consolidado

El Consejo es el órgano que administra, dirige y orienta la actuación del Colegio en el período entre Asambleas y ejerce el control, el asesoramiento y la coordinación de las zonas. Su sede radica en Madrid.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-04.

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