Artículo 17. Asamblea General.
Artículo 17 del Real Decreto 118/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Agentes Comerciales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2005-2529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-02-17.
Texto consolidado
1. La Asamblea General de colegiados es el órgano supremo del Colegio. Está compuesta por todo el censo de colegiados del ámbito territorial que en su caso corresponda, cada uno de los cuales tendrá derecho a voz y voto, siempre que se encuentre al corriente de sus obligaciones corporativas.
2. La participación en la Asamblea General será personal, aunque podrá ser por representación en la forma establecida en el artículo 37.