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Orden Vigente

Artículo 17. Reglamento de régimen electoral.

Artículo 17 de la Orden APM/1274/2017, de 13 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Jabugo". · BOE-A-2017-15454

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-26.

Texto consolidado

El Reglamento de régimen electoral lo aprobará la Junta Directiva y deberá desarrollar además de lo establecido en este capítulo como mínimo los siguientes elementos:

a) La composición y funciones de la comisión electoral.

b) La confección y exposición de censos.

c) La proclamación y exposición de las candidaturas.

d) Los miembros de la mesa electoral, así como su constitución y documentación a cumplimentar.

e) Características de las papeletas electorales y sobres.

f) Desarrollo de la votación.

g) El cierre de la mesa electoral.

h) Escrutinio, resultado de la votación y acta de la sesión.

i) Certificación de los resultados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-12-26.

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