Artículo 17. Promoción de las obras cinematográficas y audiovisuales valencianas.
Artículo 17 de la Ley 9/2014, de 29 de diciembre, de impulso de la actividad y del mecenazgo cultural en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-1238
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
La Generalitat promoverá la creación, exhibición en pantalla, distribución, venta y difusión de obras cinematográficas y audiovisuales valencianas de conformidad con la legislación del cine y el audiovisual valenciano, y en especial la producción en valenciano.