Artículo 17. Composición.
Artículo 17 de la Ley 7/2018, de 26 de marzo, de Seguridad Ferroviaria. · BOE-A-2018-5396
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-29.
Texto consolidado
A los efectos de esta ley, el sistema ferroviario autonómico se dividirá en los siguientes subsistemas:
1. Subsistemas de naturaleza estructural:
a) Infraestructura, distinguiendo entre infraestructuras a cielo abierto e infraestructuras en túnel.
b) Pasos a nivel.
c) Energía.
d) Control-mando y señalización en tierra y a bordo.
e) Material rodante.
2. Subsistemas de naturaleza funcional:
a) Mantenimiento.
b) Explotación y gestión del tráfico.
c) Personas usuarias.