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Ley Vigente

Artículo 17. Calidad de los productos, bienes y servicios.

Artículo 17 de la Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Illes Balears. · BOE-A-2014-8820

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-31.

Texto consolidado

1. Los consumidores tienen derecho a exigir la calidad, la idoneidad y la conformidad de los productos, bienes y servicios que se establecen en el contrato y en la normativa aplicable.

2. En concreto, los consumidores tienen derecho a exigir lo siguiente:

a) La adecuación de los productos, bienes y servicios a las expectativas de uso, calidad y características de consumo que ofrecen.

b) La exactitud en el peso y la medida de los productos y bienes y el suministro correcto de los servicios.

c) La información del origen, especialmente en lo que concierne a la procedencia comunitaria o no, de los productos, bienes y servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-31.

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