Artículo 17. Publicaciones.
Artículo 17 de la Ley 6/2015, de 2 de abril, de Reconocimiento, Protección y Promoción de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano. · BOE-A-2015-4616
Atención: Ley 6/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Generalitat y las entidades locales de la Comunitat Valenciana adoptarán las medidas necesarias para fomentar la edición de publicaciones, tanto de carácter periódico como de tipo monográfico, que coadyuven a difundir el valor de las señas de identidad, a incrementar el conocimiento que la ciudadanía pueda tener de ellas y a divulgar los trabajos realizados por quienes se hayan dedicado a investigar sobre ellas.