Artículo 17. Las empresas públicas autonómicas.
Artículo 17 de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2024-15350
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-12.
Texto consolidado
En los términos establecidos en esta ley, las empresas públicas cuyos servicios puedan ser necesarios para la prevención o respuesta de las situaciones de emergencia se integran en el Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón cuando la situación así lo requiera, sin invadir las competencias de los grupos de intervención y en colaboración con ellos, y siempre bajo la coordinación del Gobierno de Aragón.