El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 17. Presidente o presidenta en funciones.

Artículo 17 de la Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias. · BOE-A-2023-12668

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-04.

Texto consolidado

1. En los supuestos de cese por celebración de elecciones al Parlamento de Canarias, pérdida de la confianza parlamentaria y dimisión, el presidente o presidenta continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo presidente o presidenta.

2. La presidenta o presidente en funciones limitará su gestión al despacho ordinario de los asuntos que le corresponden y a facilitar el traspaso de poderes al nuevo presidente o presidenta, sin que en ningún caso pueda ejercer las atribuciones siguientes:

a) Disolver el Parlamento de Canarias.

b) Definir el programa de gobierno.

c) Modificar el número, denominación y competencias de las consejerías.

d) Nombrar y cesar a los miembros del Gobierno, salvo declarar el cese por fallecimiento, constitución de curatela con facultades representativas, inhabilitación o incompatibilidad o disponer el cese por dimisión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-04.

Más artículos de Ley 4/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.