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Ley Vigente

Artículo 17. Formación y títulos.

Artículo 17 de la Ley 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en Arán. · BOE-A-2010-17710

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-18.

Texto consolidado

1. El Conselh Generau d´Aran, en el ámbito de sus competencias, debe establecer los programas de formación no reglada de aranés, los títulos y el procedimiento para acceder a ellos.

2. Corresponde a la Generalidad, en coordinación con el Conselh Generau d´Aran, la organización de los programas de formación y las titulaciones de cualquiera de las variedades normalizadas de la lengua occitana fuera de Arán.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-11-18.

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