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Ley Vigente

Artículo 17. Cualificación necesaria para el ejercicio de Socorrista Deportiva/Deportivo.

Artículo 17 de la Ley 3/2018, de 26 de marzo, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2018-8850

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-30.

Texto consolidado

Para ejercer la profesión de Socorrista Deportiva/Deportivo se precisa una cualificación profesional que puede acreditarse mediante los siguientes títulos o certificados:

a) Técnico o técnico superior de la Familia de Actividades Físicas y Deportivas del Catálogo de la Formación Profesional del Sistema Educativo, de acuerdo con su perfil profesional.

b) Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo.

c) Certificados de profesionalidad de la Familia Profesional de Actividades Físicas y Deportivas relacionados con el socorrismo acuático.

d) Certificado del Ciclo Inicial del Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-09-30.

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