Artículo 17. Concepto de participación juvenil.
Artículo 17 de la Ley 2/2023, de 1 de marzo, de Políticas de Juventud de Canarias. · BOE-A-2023-12206
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-13.
Texto consolidado
1. La participación juvenil es el conjunto de acciones y procesos que contribuyen a generar, entre las personas jóvenes, la capacidad para incidir, intervenir, mejorar y transformar su entorno, sus relaciones y su desarrollo personal y social. Esta participación puede llevarse a cabo tanto individual como colectivamente, con igualdad de oportunidades, a través de grupos de jóvenes, entidades juveniles o consejos de juventud, de una manera horizontal, libre y democrática.
2. Las administraciones públicas fomentarán los procesos participativos como herramientas para la construcción de las políticas públicas en materia de juventud.