Artículo 17. Formación del profesorado.
Artículo 17 de la Ley 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género. · BOE-A-2011-7887
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia educativa adoptará las medidas necesarias para integrar la perspectiva de género en la formación inicial y continua del profesorado, tanto de modo transversal en los distintos contenidos como de manera específica.