Artículo 17.
Artículo 17 de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears. · BOE-A-2003-7873
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-30.
Texto consolidado
Corresponde a la Agencia de Calidad Universitaria de las Illes Balears, en el marco de la legislación vigente y de acuerdo con la presente ley, la evaluación, la acreditación y la certificación de la calidad del sistema universitario de las Illes Balears.