El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 17. Facultades autonómicas en supuestos de delegación.

Artículo 17 de la Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia. · BOE-A-1995-14602

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-02-11.

Texto consolidado

1. La administración autonómica podrá establecer instrucciones técnicas de carácter general relativas al ejercicio de las competencias delegadas, solicitar en todo momento información sobre la gestión ambiental del Ayuntamiento y formular los requerimientos pertinentes para la subsanación de las deficiencias observadas.

2. La administración autonómica podrá revocar la delegación conferida, que habrá de estar motivada y se publicará en el «Diario Oficial de Galicia».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-02-11.

Más artículos de Ley 1/1995

En El Vínculo puedes leer Ley 1/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.