Artículo 17. Requisitos del proyecto para obtener la subvención.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-03.
Texto consolidado
17.1 De acuerdo con el artículo 16.2 de este Decreto ley, los proyectos integrados presentados por las entidades promotoras deben cumplir los requisitos siguientes:
a) Justificación de las actuaciones y actividades planteadas en el proyecto, de acuerdo con las necesidades ocupacionales y socioeconómicas del territorio.
b) Complementariedad de las actuaciones y actividades planteadas de acuerdo con los objetivos generales y específicos del proyecto integrado.
c) Capacidad técnica de las entidades beneficiarias para ejecutar las actuaciones.
17.2 De acuerdo con el artículo 16.3 de este Decreto ley, las entidades contratantes deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Haber sido seleccionadas por la entidad promotora.
b) Haber suscrito el correspondiente contrato laboral.
Más artículos de Decreto-ley 49/2020
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