Artículo 17. Acción de fomento.
Artículo 17 del Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña. · DOGC-f-2003-90016
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-22.
Texto consolidado
1. El Gobierno establece las medidas de fomento para la constitución de las ELA.
2. Los consejos comarcales pueden adoptar medidas de fomento para el impulso y la promoción de las ELA, con las cuales establecen las relaciones de colaboración necesarias para el ejercicio más eficaz de sus funciones.