Artículo 169. Bienes de las entidades locales.
Artículo 169 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. · BOE-A-1999-10151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-17.
Texto consolidado
1. El patrimonio de las entidades locales está constituido por el conjunto de bienes y derechos que les pertenezcan.
2. Los bienes de las entidades locales son de dominio público o patrimoniales.