Artículo 166. Licencias para obras de conservación y mantenimiento.
Artículo 166 de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears. · BOE-A-2014-7536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-29.
Texto consolidado
Las obras de conservación y mantenimiento de las líneas e instalaciones tranviarias y demás servicios auxiliares directamente relacionados con dicha explotación no precisarán de autorizaciones, permisos ni licencias administrativas.