Artículo 166. Ámbito de aplicación.
Artículo 166 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771
Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Salvo en los casos tipificados en los artículos 162 y siguientes, para enjuiciar las infracciones debe procederse de acuerdo con lo establecido para el procedimiento ordinario que a continuación se regula.