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Ley Vigente

Artículo 160. Sumisión voluntaria y arbitraje estatutario.

Artículo 160 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

1. La sumisión a sistemas de arbitraje en derecho o de equidad tendrá en cualquier caso carácter voluntario.

2. En caso de sumisión voluntaria al arbitraje, los estatutos de las entidades deportivas deberán contener una cláusula de sumisión que requerirá el voto favorable de, al menos, dos tercios de los votos de los miembros asistentes a la asamblea general de la entidad deportiva correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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