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Ley Vigente

Artículo 160. Creación de la Agencia.

Artículo 160 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. · BOE-A-2008-1184

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-25.

Texto consolidado

1. Se crea, con la denominación de Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, una agencia administrativa de la Administración de la Junta de Andalucía, a la que le corresponde ejercer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, las funciones establecidas en el Título VI de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en la presente Ley.

2. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa se adscribe a la Consejería competente en materia de educación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-25.

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