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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 160. Prescripción.

Artículo 160 del Decreto Legislativo 1/2023, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón. · BOE-A-2023-7507

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-04.

Texto consolidado

La obligación de reparar el daño causado a los bienes y derechos prescribe a los cuatro años de producirse la acción u omisión determinante del daño.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-04.

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