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Real Decreto Vigente

Artículo 16. Ingredientes esenciales de los derivados cárnicos.

Artículo 16 del Real Decreto 474/2014, de 13 de junio, por el que se aprueba la norma de calidad de derivados cárnicos. · BOE-A-2014-6435

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-19.

Texto consolidado

Los derivados cárnicos contenidos en esta norma de calidad deben tener como ingrediente esencial alguno de los siguientes.

a) Carne.

b) Tocino o grasa.

c) Sangre o sus componentes o ambos.

d) Menudencias.

e) Tripas naturales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-19.

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