Artículo 16. Convocatorias extraordinarias.
Artículo 16 del Real Decreto 1035/2001, de 21 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España. · BOE-A-2001-18493
Atención: Real Decreto 1035/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las convocatorias de las Juntas Generales extraordinarias corresponden a la Junta Directiva, quien las efectuará por iniciativa propia o cuando lo soliciten, por lo menos, el 10 por 100 de los colegiados para un objeto determinado.