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Real Decreto Derogada

Artículo 16. Registro de Zonas Protegidas.

Artículo 16 del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. · BOE-A-2016-439

Atención: Real Decreto 1/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Conforme a lo dispuesto en el artículo 99 bis del TRLA y el 24 del RPH, se recoge en el anexo 8 de Zonas Protegidas de la Memoria del Plan Hidrológico, el inventario de zonas protegidas en la Demarcación, así como en la página web de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (www.chguadiana.es), junto con su caracterización y representación cartográfica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-20.

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