Artículo 16. Sistema de gestión de la calidad del centro evaluador de competencia lingüística.
Artículo 16 de la Orden FOM/1146/2019, de 13 de noviembre, por la que se completa el régimen aplicable al personal aeronáutico en materia de competencia lingüística. · BOE-A-2019-16892
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-11-26.
Texto consolidado
1. El centro evaluador establecerá un sistema de gestión de la calidad que incluirá un programa anual de auditorías, cuyo objeto será controlar y garantizar el cumplimiento y la adecuación a lo previsto en esta orden.
2. Cuando, en aplicación del sistema de gestión de la calidad, se detecten desviaciones o deficiencias, el centro evaluador se asegurará de que se adoptan las acciones correctivas necesarias para subsanar las deficiencias detectadas.
3. Además, el sistema de gestión de la calidad deberá:
a) Definir la gestión del centro evaluador, su estructura organizativa, su política y sus objetivos de calidad para satisfacer las necesidades de los candidatos.
b) Establecer programas de aseguramiento de la calidad para comprobar que todas las operaciones se realizan de conformidad con los requisitos de esta orden y de la normativa de la Unión Europea aplicable.
c) Garantizar el funcionamiento del sistema de gestión de la calidad mediante registros e información documentada, entre otros mediante manuales y documentos de supervisión.
d) Definir los procedimientos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento del centro y controlar su cumplimiento, a fin de garantizar unas prácticas operativas seguras y eficientes.
e) Efectuar revisiones del sistema de gestión de la calidad implantado y adoptar, si procede, acciones correctivas que garanticen el establecimiento, implementación, mantenimiento y mejora continua del sistema de gestión de la calidad.
4. También se considerará que el sistema de gestión de la calidad del centro cumple con lo previsto en este artículo si tiene en vigor un certificado UNE EN ISO 9001 que cubra los servicios del centro evaluador, expedido por una organización debidamente acreditada. La documentación relativa a esta certificación deberá estar a disposición de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
Más artículos de Orden FOM/1146/2019
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- Ver la norma completa: Orden FOM/1146/2019, de 13 de noviembre, por la que se completa el régimen aplicable al personal aeronáutico en materia de competencia lingüística.