Artículo 16. Diseño y contenido de los planes de estudio.
Artículo 16 de la Orden DEF/1158/2010, de 3 de mayo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la formación militar general, específica y técnica para el acceso a las diferentes escalas de oficiales. · BOE-A-2010-7250
Atención: Orden DEF/1158/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los planes de estudios de la formación militar deberán contener lo siguiente:
a) Los perfiles profesionales a alcanzar en función de los campos de actividad en los que el militar desempeñará, en el primer empleo, los cometidos propios de su cuerpo y especialidad fundamental.
b) La planificación temporal del plan de estudios (conforme a lo establecido en el apéndice 9 del anexo II).
c) Los reconocimientos de créditos considerando la procedencia militar del alumno.
2. Los planes de estudios determinarán las materias o asignaturas susceptibles de ser impartidas, parcial o totalmente, mediante enseñanza a distancia, a las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto que no puedan asistir de forma presencial.
3. En los planes de estudios de formación militar para integrarse en los cuerpos generales y de Infantería de Marina, así como en el Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia de titulación universitaria, con el fin de promover la formación en el idioma inglés, prioritaria en el seno de las Fuerzas Armadas, con independencia de su enseñanza a través de los créditos asignados al módulo de lengua extranjera, en los tres últimos cursos se podrá incorporar su aprendizaje en otros módulos mediante la impartición, en dicho idioma, de la totalidad o parte de alguna de las asignaturas que los integran.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-9142.
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- Ver la norma completa: Orden DEF/1158/2010, de 3 de mayo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la formación militar general, específica y técnica para el acceso a las diferentes escalas de oficiales.