Artículo 15. Asignación de créditos a las materias.
Artículo 15 de la Orden DEF/1158/2010, de 3 de mayo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la formación militar general, específica y técnica para el acceso a las diferentes escalas de oficiales. · BOE-A-2010-7250
Atención: Orden DEF/1158/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El número mínimo de créditos asociado a una materia será de tres, excepto para aquellas que compongan el módulo de formación física y orden cerrado que podrá ser inferior al número citado.
2. La distribución interna que se otorgue al trabajo presencial del alumno en cada asignatura no podrá ser superior al 50% del total de créditos asignados a la misma, excepto para aquellas que compongan el módulo de formación física y orden cerrado, en que el trabajo presencial podrá alcanzar la totalidad.
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