Artículo 16. Otros requisitos.
Artículo 16 de la Ley Foral 18/2019, de 4 de abril, sobre acceso y ejercicio de las profesiones del deporte en Navarra. · BOE-A-2019-6778
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-12.
Texto consolidado
1. Los requisitos de cualificaciones para el acceso y ejercicio de las profesiones del deporte que se establecen en la presente ley foral se entienden sin perjuicio de cualesquiera licencias, autorizaciones, títulos o requisitos adicionales exigibles con arreglo a la legislación vigente.
2. No podrá ser exigible una licencia federativa para el ejercicio de una profesión del deporte si la actividad profesional se desarrolla al margen de las competiciones federadas.
3. Las federaciones deportivas podrán exigir, además de las cualificaciones previstas en esta ley foral, formaciones específicas.