Artículo 16. Órganos de Dirección del Instituto.
Artículo 16 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León. · BOE-A-2002-10231
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-09.
Texto consolidado
Los órganos de dirección del Instituto serán:
a) El Consejo del Instituto.
b) El Director general del Instituto.