Artículo 16. Fomento de la reestructuración municipal.
Artículo 16 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. · BOE-A-1999-10151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-17.
Texto consolidado
1. La Diputación General de Aragón fomentará, mediante ayudas técnicas y económicas, la reestructuración del mapa municipal en aquellos casos en que se acuerde voluntariamente por los Ayuntamientos su fusión o incorporación a otros municipios limítrofes, al objeto de constituir una única entidad municipal con población y territorio más idóneos para el ejercicio de sus potestades como Administración Pública, la prestación de servicios a sus habitantes y la gestión de los intereses de su territorio.
2. Con dicho objeto, en los presupuestos de la Comunidad Autónoma figurará anualmente consignación destinada al fomento de la reestructuración municipal, con cargo a la que se concederán ayudas a las fusiones o incorporaciones, en la cuantía que se determine para cada ejercicio, así como transferencias a favor de los nuevos municipios resultantes durante el plazo que se establezca.