Artículo 16. De las personas que sufran marginación, pobreza o exclusión y discriminación social.
Artículo 16 de la Ley 4/2012, de 15 de octubre, por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2012-13775
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-19.
Texto consolidado
1. Los poderes públicos de la Comunitat Valenciana orientarán sus políticas públicas a la atención social a personas que sufran marginación, pobreza o exclusión y discriminación social, con el fin de lograr su integración social, laboral y económica.
2. Con el fin de luchar contra la pobreza y facilitar la inserción social, la Generalitat garantiza el derecho de los valencianos y las valencianas con mayores necesidades a la solidaridad.