Artículo 15. Seguridad y vinculación al territorio.
Artículo 15 de la Ley 4/2012, de 15 de octubre, por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2012-13775
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-19.
Texto consolidado
1. La Generalitat desarrollará su política social atendiendo a su aplicación territorial.
2. Además reconocerá a las valencianas y los valencianos el derecho:
a) A la seguridad en el territorio, frente a los riesgos naturales e inducidos y frente a la ausencia de recursos hídricos suficientes para el consumo humano y el desarrollo de las actividades económicas y sociales.
b) A disfrutar de un medio adecuado y del paisaje como activo cultural, económico e identitario.
c) A la equidad territorial y a acrecentar la cohesión social.
d) Y a disfrutar de una vivienda digna, adecuada y accesible, sin que ello suponga el desarraigo del entorno al que está asociado el desarrollo de su personalidad.
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- Ver la norma completa: Ley 4/2012, de 15 de octubre, por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana.