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Ley Derogada

Artículo 16. Publicidad por el órgano sustantivo.

Artículo 16 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9939

Atención: Ley 4/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando se adopte, la decisión sobre la aprobación del proyecto será hecha pública por el órgano sustantivo que la haya adoptado, el cual pondrá a disposición del público la siguiente información:

a) El contenido de la decisión y las condiciones impuestas.

b) Las principales razones y consideraciones en las que se basa la decisión, en relación con las observaciones y opiniones expresadas durante la Evaluación del Impacto Ambiental.

c) Una descripción, cuando sea necesario, de las principales medidas para evitar, reducir y, si es posible, anular los principales efectos adversos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-09.

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