Artículo 16.
Artículo 16 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias. · BOE-A-1995-9731
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-04.
Texto consolidado
La resolución de los recursos ordinarios contra los actos del Presidente del Instituto corresponde al Consejero competente en materia de agricultura, atribuyéndose al Presidente del Instituto la resolución de los recursos ordinarios interpuestos contra los actos de los titulares de los restantes órganos de dirección.