Artículo 16.
Artículo 16 de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, de Creación del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2000-12607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-06-02.
Texto consolidado
El derecho de rectificación y su procedimiento se regirá por lo previsto en las normas generales sobre la materia.