Artículo 16. Naturaleza.
Artículo 16 de la Ley 25/2015, de 30 de julio, del voluntariado y de fomento del asociacionismo. · BOE-A-2015-9726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-27.
Texto consolidado
1. El Consejo del Asociacionismo y el Voluntariado de Cataluña se constituye como órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno en materia asociativa y de voluntariado y, concretamente, en la elaboración, seguimiento y evaluación del Plan nacional del asociacionismo y el voluntariado, para llevar a cabo los programas necesarios para conseguir que el voluntariado y el mundo asociativo tengan capacidad de incidencia social y enfrenten positivamente el futuro y el proceso de crecimiento y consolidación.
2. El Consejo del Asociacionismo y el Voluntariado de Cataluña se adscribe al departamento competente en materia de apoyo al asociacionismo y el voluntariado.