Artículo 16. Reglamento de Régimen Interior.
Artículo 16 de la Ley 18/2003, de 11 de abril, de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Canarias. · BOE-A-2003-13620
Atención: Ley 18/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el Reglamento de Régimen Interior, cuya elaboración y aprobación se regirá por lo establecido en la presente Ley, constará, entre otros extremos, de la estructura del Pleno, del número y forma de elección de los miembros del Comité Ejecutivo y, en general, de las normas de funcionamiento de sus órganos de gobierno, organización y régimen del personal al servicio de la Cámara.