Artículo 16. Datos de origen administrativo.
Artículo 16 de la Ley 15/2016, de 28 de julio, del Plan gallego de estadística 2017-2021. · BOE-A-2016-8275
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
Si fuera necesario utilizar datos de fuentes administrativas para realizar una operación programada, los órganos, autoridades y personal funcionario encargado de su custodia prestarán la más rápida y ágil colaboración, la cual podría consistir en la cesión de los datos necesarios para ejecutarla según el proyecto técnico.