Artículo 15. Colaboración ciudadana.
Artículo 15 de la Ley 15/2016, de 28 de julio, del Plan gallego de estadística 2017-2021. · BOE-A-2016-8275
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
Será obligatoria la colaboración ciudadana en las operaciones de los programas. La información a suministrar se atendrá a lo establecido en los correspondientes proyectos técnicos. En cada programa se especificarán los colectivos obligados a suministrar información.