Artículo 16. Procedimiento.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-13.
Texto consolidado
1. Para hacer uso de la marca «Corazón Andaluz», las personas interesadas deberán presentar electrónicamente, a través de la Ventanilla Electrónica de la Consejería con competencias en materia de promoción de Andalucía en el exterior, la declaración responsable que se incorpora como Anexo II del presente decreto-ley, manifestando que cumplen con los requisitos relacionados en el artículo 15, comprometiéndose a su mantenimiento y especificando, en su caso, el producto o marca comercial específica para la que se hará uso de la marca.
En los casos en que no exista la obligación de la presentación electrónica se podrá utilizar el resto de lugares de presentación establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. La presentación de la declaración responsable será suficiente para adquirir derecho de uso de la marca, facultando desde ese mismo momento a su titular a exhibirla, pudiendo para ello descargar la imagen de la marca de la página web de la Consejería con competencias en materia de promoción de Andalucía en el exterior, sin perjuicio de la verificación que, en su caso, la Dirección General de Andalucía Global realice del cumplimiento de los requisitos establecidos.
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- Ver la norma completa: Decreto-ley 4/2022, de 12 de abril, por el que se aprueban medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obras en desarrollo de las medidas previstas en el Título II del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, y se crea la marca «Corazón Andaluz» y se regula el procedimiento para su uso.