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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 16. Suficiencia de recursos.

Artículo 16 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña. · DOGC-f-2003-90008

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-21.

Texto consolidado

En ningún caso puede procederse a la alteración de términos si no se garantiza que, después de la alteración, el municipio o los municipios afectados dispondrán de recursos ordinarios suficientes para prestar los servicios mínimos obligatorios establecidos por la legislación de régimen local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-05-21.

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