Artículo 157. Sistemas de actuación.
Artículo 157 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. · BOE-A-2017-12907
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-01.
Texto consolidado
1. Las unidades de ejecución se desarrollarán por el sistema de actuación, privada o pública, que la Administración elija en cada caso.
2. Los sistemas de actuación privada son los siguientes:
a) Compensación.
b) Reparcelación voluntaria.
c) Agente Urbanizador.
3. Los sistemas de actuación pública son los siguientes:
a) Cooperación.
b) Ejecución forzosa.
c) Expropiación.