Artículo 156. Libertad de cátedra.
Artículo 156 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987
Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Reconocida la libertad de cátedra, para garantizar la adecuación de la docencia a los planes de estudio, así como la igualdad del servicio ofrecido a los estudiantes, el consejo de Departamento aprobará un programa básico para cada asignatura, al que deberán adecuarse todas las propuestas del profesorado, bajo la coordinación de la Facultad o Escuela.